Argentina: Dictaminan a favor del proyecto de ley para regular la responsabilidad de los proveedores de servicios de Internet

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La responsabilidad en Internet

Las comisiones de Comunicación, Justicia y Defensa del Consumidor de la Cámara de Diputados dictaminaron a favor del proyecto de ley para regular la responsabilidad de los proveedores de servicios de Internet. El texto cuenta con media sanción en el Senado.

La normativa, presentada por los senadores Federico Pinedo y Liliana Fellner, regula a los proveedores de servicios de enlace y búsqueda de contenidos alojados en Internet.

En sus fundamentos, la iniciativa señala la necesidad de “garantizar la libertad de expresión y el derecho a la información, preservando los derechos al honor, a la intimidad y a la imagen de las personas, y cualquier otro derecho que resulte afectado”.

Uno de los aspectos más importantes es que prevé un sistema de “autoregulación” en la que los proveedores podrán crear una cuenta de correo electrónico, un formulario electrónico o un medio equivalente para implementar mecanismos alternativos para la notificación de denuncias y habiliten la suspensión o bloqueo de las mismas.

Además dispone que “no tendrán la obligación de monitorear o supervisar los contenidos generados por terceros, de forma genérica, a fin de detectar presuntas infracciones actuales a la ley o de prevenir futuras infracciones”.

También establece que los proveedores de servicios de Internet “no serán responsables por los contenidos generados por terceros, excepto cuando, habiendo sido debidamente notificados de una orden judicial de remoción o bloqueo (…) omitan dar cumplimiento a la misma, en el plazo correspondiente”.

Según la iniciativa, las personas podrán promover una acción de amparo ante el juez federal con competencia en su domicilio, para “solicitar que se retire, bloquee, suspenda y/o inhabilite el acceso a los contenidos específicos a los que los proveedores den acceso, interconecten, transmitan y/o direccionen, almacenen, alojen, intermedien, enlacen y/o busquen, que lesionen derechos legalmente reconocidos”.

Durante la reunión en la Cámara Baja, el presidente de la comisión de Comunicaciones e Informática, Juan Brugge, señaló que el proyecto “cubre un vacío legal”, pero advirtió que “se deben compatibilizar los derechos al acceso a la información y a la libertad de expresión”. También destacó los “problemas interjuridiccionales” que surgen “ya que muchos proveedores tienen sede en otros países para accionar legalmente”.

Por su parte, la presidenta de la Comisión de Defensa del Consumidor, del Usuario y de la Competencia, Liliana Schwindt, subrayó la “modernización constante de internet”; mientras que la diputada Karina Banfi manifestó que esta iniciativa “respeta todos los estándares internacionales en derechos humanos”.

En tanto, el diputado Julio Raffo indicó la necesidad de sancionar una normativa dado que los “prestadores están en un limbo legal y eso generada conflictos”, y planteó modificaciones sobre el objeto de la ley y ampliar el formato de la autoregulación de los prestadores del servicio.

La iniciativa fue bien recibida por la Cámara Argentina de Internet (CABASE) y la Asociación Latinoamericana de Internet (ALAI), quienes celebraron su tratamiento y debate en el Congreso.

“La sanción definitiva de este proyecto colocará a la Argentina a la vanguardia regional y global en legislación de Internet, siguiendo los mejores estándares internacionales y contribuyendo al mismo tiempo al desarrollo de la economía digital en nuestro país”, resaltaron.

No obstante, la Cámara Argentina del Libro (CAL) y la Cámara Argentina de Publicaciones (CAP) expresan su rechazo a la forma de notificación que incorpora el proyecto.

«La necesidad de interponer una acción judicial por cada una de las infracciones que se cometa en internet, relacionadas con la subida y/o circulación de obras protegidas por el derecho de autor, impide garantizar una eficaz  protección a los titulares del derecho, ya que  encarecerá el sistema e imposibilitará eliminar los contenidos ilegales con la misma velocidad que se agregan», alertaron en un comunicado.

Y advirtieron que «la mayoría de los países obligan a que se incluya un mecanismo de notificación para la inmediata baja de contenidos en infracción a las leyes de propiedad intelectual o establecen un mecanismo administrativo rápido, efectivo y económico», y que de aprobarse, «los autores, creadores, productores, y editores argentinos se verán perjudicados por no contar con un sistema adecuado para evitar la piratería».

Publicado en Diario Judicial

Piden no lesionar la propiedad intelectual en Internet

Las dos asociaciones más representativas del sector editorial, la Cámara Argentina del Libro (CAL) y la Cámara Argentina de Publicaciones (CAP), expresaron ayer su rechazo a un proyecto de ley que vulneraría los derechos de autor. En una nota enviada a los diputados de la Nación, afirman que «de aprobarse los autores y editores argentinos se verán perjudicados por no contar con un sistema adecuado para evitar la piratería en Internet».

Se trata del proyecto de ley presentado por Federico Pinedo y Liliana Fellner denominado de «Regulación a los proveedores de servicios de enlace y búsqueda de contenidos alojados en Internet», entre los que se incluyen Google, Facebook y toda plataforma que suba contenidos. Aprobado por el Senado en diciembre y con dictamen de las comisiones de Comunicación, Justicia y Defensa del consumidor de Diputados, sería votado por esa cámara la próxima semana.

El texto establece que toda persona que perciba lesionado un derecho legítimamente reconocido podrá promover una acción de amparo ante la justicia federal. En otra cláusula dispone que «los proveedores de servicios de Internet no tendrán en ningún caso la obligación de monitorear o supervisar los contenidos generados por terceros, de forma genérica, a fin de detectar presuntas infracciones actuales a la ley o de prevenir futuras infracciones». Además, los libera de responsabilidad por los contenidos de terceros, excepto cuando una orden judicial solicite su remoción o bloqueo.

En un comunicado conjunto, la CAL y la CAP observan que la necesidad de interponer una acción judicial ante cada infracción relacionada con obras protegidas por el derecho de autor «impide garantizar una eficaz protección a los titulares del derecho, ya que encarecerá el sistema e imposibilitará eliminar los contenidos ilegales con la misma velocidad que se agregan». Por eso solicitan se modifique el mecanismo de notificación para la baja de contenidos en infracción a las leyes de propiedad intelectual o se establezca un mecanismo administrativo rápido, efectivo y económico.

Publicado en La Nación

 

 

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