Uruguay: gobierno impulsa ley de medios que elimina límites contra los monopolios

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Una norma a medida de los dueños: Lacalle Pou presenta proyecto que sustituye a la ley de medios

Por Pablo Silva Galván

El gobierno multicolor decidió jugar fuerte con el tema de los medios y la comunicación. En medio de la emergencia declarada para enfrentar la pandemia de coronavirus Covid-19, presentó en el Parlamento su proyecto de ley de medios, el cual, en los hechos, significa la derogación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, conocida como Ley SCA o ley de medios, que fuera aprobada durante el gobierno de José Mujica (2010-2015). Si bien los cambios estaban incluidos en la Ley de Urgente Consideración (LUC), fueron extraídos de ese texto para constituir un proyecto independiente. Sus consecuencias serán igualmente negativas para los derechos de los ciudadanos. Borra de un plumazo todo lo avanzado con la norma vigente, que ha sido considerada positiva por diversos organismos internacionales competentes en la materia. Se eliminan aspectos fundamentales como la cesión de derechos del titular de transmisión de eventos deportivos si la Selección llega a una etapa avanzada en competencias internacionales, por lo que ningún partido se transmitirá por televisión abierta; desaparece el porcentaje de contenido nacional, así como la protección a la infancia, a las mujeres, a la población Lgbtiq+ y a la afrodescendiente frente a la discriminación.

La norma mantiene la disposición de que no se podrá poseer un canal de televisión para abonados y una licencia para radio o televisión abierta, pero eso no corre para quienes ya los poseen. Eso significa el cierre al ingreso al mercado de nuevos competidores, garantizando la permanencia de los ya existentes, o sea, cerrado el espectro a nuevas voces.

Además, eleva el tope actual de posesión de señales de la misma banda, que es de dos, para llevarlo a seis. Se favorece de esta manera, al contrario del espíritu de la ley actual, una más alta concentración de medios.

En el anteproyecto original de Ley de Urgente Consideración (LUC), bajo el ambiguo título de Adecuación de Regularidad Constitucional de la Ley de Medios, se establecía en el artículo 457 la derogación de varias disposiciones incluida en la Ley N° 19.307, de 29 de diciembre de 2014, tales como el inciso tercero del artículo 39, referido a las transmisiones de los partidos de las selecciones de básquetbol y fútbol; el artículo 55, sobre el número de suscriptores de los operadores de televisión para abonados; inciso primero del artículo 56 sobre la incompatibilidad de quienes prestan servicios audiovisuales que lo hagan en materia de telefonía e internet; literal C) del artículo 60 referido a los porcentajes de producción nacional en la televisión, entre otros.

En síntesis, se trataba de adecuar la norma para beneficio exclusivo de los dueños de los medios, en particular de los canales de televisión, favoreciendo la concentración, así como de las empresas multinacionales de telecomunicaciones, asestando de paso un duro golpe a Antel en beneficio de estas.

Pero el proyecto actual, del que han trascendido algunos detalles -pero al contrario de la LUC no ha sido volanteado por el gobierno-, constituido por 80 artículos, va más allá, mucho más allá. No solo favorece la concentración y a las multinacionales, sino que promueve en toda su extensión el negocio privado en perjuicio del público. A partir de su aprobación, desaparecen las contraprestaciones que los permisarios de los medios estaban obligados a dar. Todo pasa a ser pagado, nada gratis. Y de paso desaparecen las normas de protección a la infancia y a las minorías, así como la promoción del trabajo nacional.

Análisis crítico

El contenido del proyecto y sus alcances fue analizado por el Observatorio Latinoamericano de Regulación, Medios y Convergencia (Observacom), que destacó en su sitio web que la ley proyectada derogaría efectivamente “la mayoría de la norma” vigente, de la que “queda” en principio en pie “un núcleo de aspectos más técnicos” junto a “un capítulo respecto a los medios públicos”.

Por ejemplo, “la televisión para abonados ya no va a tener ningún tipo de límite”, por lo que “alguien con suficiente billetera podría comprarse todos los cables del país”. En cuanto a la televisión abierta y radio, pone mayores límites a la restricción para concentrar licencias y permisos. “Si eso se aprobara, una sola persona o empresa podría llegar a tener todos los medios de un departamento o de una región”, implicando un problema para “la democracia”.

“Claramente es una involución y un apartamiento de las recomendaciones internacionales”, contrarias a una situación que en la jerga “se llama ‘concentración indebida’”, afirmó el director de esta institución, Gustavo Gómez, en declaraciones a la emisora M24.

Asimismo, también “va a poder haber cadenas de repetidoras sin tener límite tampoco”, agregándose la posibilidad de usar y comercializar contenidos mediante internet. “Estamos ante un escenario en que esta herramienta permitiría una concentración nunca antes vista” y se “eliminaría el 60% de producción nacional audiovisual en la televisión”.

Gómez no dejó pasar sus críticas a Andebu, la entidad patronal que desde un primer momento atacó la norma actual y que en forma explícita se opuso a los gobiernos del Frente Amplio (FA). Fue uno de los convocantes a los actos de Un Solo Uruguay. Destacó que “el reclamo” por parte de Andebu y del empresariado mediático “nunca fue por libertad de expresión”, sino por “una cuestión de bolsillo”. Recordó que “no pagaron nunca nada” por el uso y usufructo de ondas y frecuencias y que la situación previa a la LSCA “no tenía límites a la concentración”.

Ese proyecto es “un traje a medida” para las empresas, sentenció el experto, que agregó que los dueños se verán beneficiados adicionalmente porque “las contraprestaciones se las quitan todas”, como “por ejemplo” destinar minutos para difundir “las campañas de bien público”, las cuales “vamos a tener que pagar del bolsillo del Estado, o sea, todos nosotros”.

Adiós a las campañas gratis

Uno de los aspectos más controvertidos del proyecto es el referido a las campañas electorales. La ley vigente establece en su artículo 142: “Declárase de interés nacional para el fortalecimiento del sistema democrático republicano el otorgamiento de publicidad gratuita en los servicios de radio y televisión abierta, los servicios de televisión para abonados en sus señales propias y las señales de televisión establecidas en Uruguay que sean difundidas o distribuidas por servicios para abonados con licencia para actuar en nuestro país”. La iniciativa del gobierno elimina esta disposición. Por lo tanto, si se aprueba, no solo se eliminan las campañas gratuitas, sino que se afecta a los partidos políticos, en particular a los chicos. Solo los que puedan utilizar recursos podrán hacer campaña. Esto, a juicio de los expertos, supone una grave afectación de la democracia, ya que priva a los ciudadanos de una vía para conocer la propuesta de los partidos menores. Si se hubiera aplicado en la pasada elección, Unidad Popular, el PERI, e incluso el Partido Independiente, integrante de la actual coalición de gobierno, no hubieran podido acceder a la televisión o lo habrían hecho de manera marginal.

Pero sin duda uno de los temas que más polémica va a levantar desde el punto de vista popular es el referido a la transmisión de los partidos de las selecciones de fútbol y básquetbol. La norma , a través de su artículo 39, establece una limitación a los derechos de transmisión para el caso de que ambas selecciones lleguen a etapas definitorias de algún torneo o en eliminatorias. De esta manera, esos partidos pueden ser transmitidos por los canales de televisión abierta de forma gratuita. Eso se ha hecho con motivo de las eliminatorias para la Copa del Mundo en el caso del fútbol. Esa norma desaparece en el nuevo texto, por lo que aquellos que quieran ver los partidos de las selecciones celestes deberán pagar para ello.

Otro elemento polémico del proyecto es la extensión de los plazos de licencia para las empresas concesionarias. Estos plazos se extenderían de la siguiente manera: las radios pasarían de 10 a 15 años, más otros 15 años de prórroga (antes eran 10). Igual sucederá con la televisión. Pero además será una renovación automática gratuita, ya que el nuevo plazo correrá desde el momento mismo de la aprobación de la ley.

Entre los aspectos más polémicos del proyecto se encuentran los referidos a la protección de niños y colectivos vulnerables, en particular en televisión. “Todo eso vuela” con la nueva norma, sentenció Gómez.

Caras y Caretas


Nueva ley de medios contempla los reclamos de los canales privados

Ya no habrá pagos por uso de la licencia y se permite una concentración de medios mayor incluso que la que fijó la dictadura.

Por Natalia Uval 

El 23 de enero de 2018, bajo un sol agobiante en el predio de la Sociedad Rural de Durazno, los organizadores del primer acto de Un Solo Uruguay empezaron a leer una larga lista de apoyos a la convocatoria. Agroveterinarias, empresas de venta de maquinaria, barracas, asociaciones y federaciones rurales de Uruguay y de la región. Y cámaras empresariales, entre ellas la Asociación Nacional de Broadcasters Uruguayos (Andebu), que nuclea a los dueños de canales de televisión y de radios privadas. Andebu no solía tener un perfil alto hasta ese momento, y a simple vista su interés corporativo no estaba vinculado directamente a los reclamos rurales.

Poco más de dos años después de aquel acto recordado por las “mochilas” de Eduardo Blasina y las citas del Serrano Abella a Antonio Gramsci, los referentes de Un Solo Uruguay están disconformes con la decisión del gobierno de subir las tarifas. En cambio, Andebu seguramente vea con muy buenos ojos el proyecto de ley enviado al Parlamento ayer, que deroga la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (SCA) vigente y en su lugar establece una serie de regulaciones para canales y radios.

En la tabla que acompaña esta nota puede verse cómo el gobierno de Luis Lacalle Pou eliminó la mayoría de las disposiciones de la ley SCA que objetaron los canales privados de televisión en los recursos de inconstitucionalidad presentados ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ) en 2016. Sólo permanecen en pie la no regulación de los servicios que utilicen como plataforma internet, la fijación de una duración máxima para la tanda publicitaria y el establecimiento de una cuota mínima de producción nacional (aunque se exime a los medios del interior del país de esta obligación) y la obligatoriedad de emitir eventos de interés general y campañas de bien público. También se mantienen otras disposiciones que no habían sido objetadas, como la obligación de incorporar sistemas que faciliten la accesibilidad de las personas con discapacidad.

En cambio, se eliminan o modifican las disposiciones que causaban perjuicios económicos a los medios, como el pago de canon y precio por uso de espectro y la normativa anticoncentración. Desde la Unidad Reguladora de los Servicios de Comunicaciones (Ursec) informaron a la diaria que en febrero de este año se emitió la primera factura de pago a los medios por uso de frecuencia al amparo de la ley SCA, y que a raíz de esto los medios privados presentaron “una lluvia de recursos administrativos”.

El proyecto del gobierno también elimina el Consejo de Comunicación Audiovisual y los procedimientos administrativos y judiciales para que los ciudadanos/as hagan valer sus derechos, entre otros a la no discriminación y a la no exhibición de violencia excesiva dentro del horario de protección al menor, así como la obligación de los licenciatarios de presentar un proyecto comunicacional.

En principio, el gobierno de Lacalle Pou había establecido disposiciones sobre medios en el proyecto de ley de urgente consideración (LUC). Ahora esa disposición se quitó de la LUC, que ingresó esta semana al Parlamento, y en cambio se opta por derogar toda la ley.

En la versión de la LUC que circuló en enero, bajo el título “Adecuación de regularidad constitucional de la Ley de Medios” se derogaban los artículos de la norma vigente declarados inconstitucionales por la SCJ. El ministro de Industria, Energía y Minería, Omar Paganini, dijo este viernes a radio Carve que “la SCJ en un montón de artículos encontró inconstitucionalidades importantes” en la ley SCA, pero como surge de la tabla que acompaña esta nota, los artículos declarados inconstitucionales son marginales respecto del núcleo central de disposiciones de la norma. Paganini también sostuvo que la actual ley SCA “achica en muchos sentidos la libertad”, “pone un montón de restricciones a los medios nacionales” y “complica la viabilidad de los medios excesivamente”.

Cada vez menos

Uruguay ya tiene un mercado de medios concentrado en radio y televisión, según consta en investigaciones realizadas recientemente (por ejemplo, la investigación de Gustavo Gómez, Facundo Franco, Fernando Gelves y Nicolás Thevenet En pocas manos. Mapa de la concentración de los medios de comunicación en Uruguay, de 2017). La ley SCA buscó desestimular la concentración disminuyendo la cantidad de medios que puede tener un solo grupo económico. La norma afectaba directamente al grupo Romay, dueño de Canal 4, de canales en el interior del país, de radios y frecuencias de televisión para abonados, que excede largamente los límites de concentración vigentes. Según informaron desde la Ursec, Canal 4 estaba en proceso de venta de algunas de sus licencias en el interior del país para ajustarse a la norma.

La ley SCA establece que una persona física o jurídica privada no puede ser beneficiada con la titularidad, total o parcial, de más de tres autorizaciones para prestar servicios de radiodifusión abierta de radio o televisión. El proyecto del gobierno de Lacalle Pou eleva este límite a ocho autorizaciones: cuatro para televisión más cuatro para radiodifusión. Para quienes no se ajusten a este límite se prevé un plazo de adecuación de 24 meses. En comparación con la normativa de concentración que regía antes de la ley SCA, el Decreto 734, de 1978, emitido en dictadura, el proyecto del gobierno actual permite una concentración superior en radiodifusión (cuatro licencias frente a tres que se permitían antes de la ley SCA).

La iniciativa enviada ayer al Parlamento también beneficia a los canales privados, que son al mismo tiempo titulares de servicios de televisión para abonados, al prohibir a los licenciatarios de televisión satelital, como Direct TV y Cablevisión (del grupo Clarín) –competencia de los canales privados– ser titulares al mismo tiempo de una licencia para prestar servicios de televisión abierta o de televisión para abonados mediante sistemas no satelitales.

En materia del procedimiento de asignación de frecuencias, la iniciativa mantiene los llamados públicos pero elimina la participación en carácter asesor de la comisión de expertos, y deja librada la asignación a la decisión del Poder Ejecutivo en base a recomendación de la Ursec.

Reclamos de los canales privados y contenidos de la nueva ley de medios

En la tabla que se presenta a continuación se comparan los artículos de la ley SCA vigente que fueron impugnados por al menos uno de los canales privados (y en la mayoría de los casos, por los tres canales privados) mediante acciones de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia, con los contenidos que propone el proyecto enviado por el gobierno de Luis Lacalle Pou. Aquí puede verse cómo la amplia mayoría de los reclamos de los canales privados fue atendida por la nueva administración que asumió el 1º de marzo.

La Diaria


Texto completo del proyecto de ley

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