Congreso paraguayo aprobó la Ley del Cine

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Más conocida como “Ley de Cine” fue aceptada hoy en Cámara de Senadores, con las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados.

En la sesión ordinaria de hoy, la Cámara de Senadores aprobó el Proyecto de Ley “De Fomento al Audiovisual”, con las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados. Ahora pasa al Poder Ejecutivo, para que se sancione la ley.

Cabe mencionar que el documento fue presentado por varios senadores y aprobado por la Cámara Alta, en sesión del 19 de octubre de 2017, y analizado luego en la Cámara de Diputados, que devolvió el documento con modificaciones.

El proyecto tiene como objetivo fomentar el desarrollo y consolidación de la actividad audiovisual y el crecimiento de la cultura cinematográfica, como componentes del desarrollo cultural, social y económico del país, a través de la creación, producción y circulación de obras audiovisuales, conforme a lo establecido en el marco normativo de la política cultural y la industria nacional.

Los proyectistas mencionan que la mayoría de los institutos del mundo, son organizaciones con participación pública y privada, oficinas del Estado que atienden la cadena productiva de la actividad audiovisual con organizaciones civiles, cámaras de empresas, gremios y asociaciones artísticas vinculadas al sector.

Modificaciones

Entre las modificaciones está la creación del Instituto Nacional del Audiovisual Paraguayo (INAP), que será el encargado de dirigir como institución la proyección del Estado paraguayo y la sociedad en el fomento del audiovisual, además de buscar un mecanismo para crear un Consejo que trabaje con la colaboración de todos los sectores afectados con este rubro.

Así también, se estableció un fondo que será administrado por el INAP, como órgano técnico especializado, con personería jurídica y patrimonio propio. El mismo se relacionará con el Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría Nacional de Cultura (SNC) o el organismo que la reemplace.

El INAP se crea para el fomento de la producción audiovisual en el país, tal como se hace en otros países como Brasil y Colombia. Sobre el punto, las modificaciones a la media sanción del Senado, se refiere en cuanto a la búsqueda de una financiación del proyecto.

La modificación se encuentra en el artículo 11, inciso d; donde señala que “el 50% de las partidas presupuestarias provenientes de las retenciones impositivas de las operaciones comerciales provenientes de servicios audiovisuales obtenidos por Internet del exterior, a ser retenidos por los operadores de tarjetas de crédito y débito”.

El proyecto busca justamente fomentar y crear las condiciones con los recursos necesarios para la instalación de una industria del cine y audiovisual. Creará mano de obra calificada de profesionales paraguayos para proyectar nuestra cultura a otros países.

Entre las modificaciones, se pide además que las actrices y actores tengan representatividad en el Consejo Nacional del Audiovisual. La moción fue incorporada en el artículo 6to, inciso f. Otro punto agregado por la comisión de Legislación de la Cámara de Diputados fue el artículo 14, donde expresa que la Secretaría de Estado de Tributación (SET), conjuntamente con la Secretaría Nacional de Tecnología de las Comunicaciones (SENATICs) y el Banco Central del Paraguay (BCP), diseñarán, dentro del plazo de 180 días, el sistema de cobro de lo establecido en el inciso d) del artículo 11 de la presente ley, lo cual será transferido por el Ministerio de Hacienda al Fondo Nacional del Audiovisual Paraguayo.

La Nación

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